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Primer condenado a prisión por lucrarse con las descargas de Internet

  1. #1 Primer condenado a prisión por lucrarse con las descargas de Internet 
    Co-Admin HackHispano.com Avatar de clarinetista
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    El fallo, pionero en España, es por atentado contra la propiedad intelectual
    El internauta debe pagar 4.900 euros a las patronales de videojuegos y vídeos


    Los enemigos de las descargas de contenidos culturales por Internet ya tienen un argumento jurídico para apoyar sus tesis. Hasta ahora, todos los procesos contra páginas web que facilitaban las descargas de archivos audiovisuales habían sido sobreseídos y los imputados absueltos. Un juzgado de la Rioja ha cambiado la tendencia al condenar a un hombre a seis meses de prisión y al pago de 4.900 euros por lucrarse mediante una página web que ofrecía enlaces para descargar películas y videojuegos, protegidos con derechos de autor.

    Se trata de una sentencia pionera que va en la línea contraria a anteriores fallos que consideraban que las páginas que suministran enlaces para la descarga de contenidos a través de redes de intercambio de archivos p2p (par a par) no cometen ningún delito. El caso más emblemático fue el de la página Sharemula, denunciada por las productoras cinematográficas, que fue sobreseído por la Audiencia de Madrid en sentencia firme en 2008.

    Ahora, el Juzgado de lo Penal número 1 de Logroño ha condenado a Adrián Gómez Llorente por un delito contra la propiedad intelectual por obtener beneficios económicos mediante la página web www.infopsp.com, creada por el acusado aparentemente con el fin de compartir archivos, "pero por medio de la cual ponía a disposición de los usuarios la obtención de copias ilícitas de obras protegidas por derechos de autor, de modo que con sólo pinchar el enlace correspondiente, éstos obtenían una copia pirata en su ordenador, haciéndolo sin el consentimiento de su titular".

    El fallo considera probado que el acusado obtenía beneficios económicos mediante la publicidad que insertaba en su página, así como por mensajes SMS Premium de móvil, de tarificación adicional. Para poder descargar archivos, era necesario registrarse previamente en la web, y "ver obligatoriamente la publicidad". Al enviar el formulario el usuario autorizaba expresamente el envío de anuncios a su e-mail. "Se reciben mensajes publicitarios desde ese momento en el correo electrónico", dice la sentencia, "lo que genera beneficios a los administradores de la web, que es directamente proporcional al número de visitas a la misma, obteniendo por su parte los usuarios copias ilícitas de videojuegos, películas y música, de forma gratuita, lo que perjudica gravemente a los titulares de los derechos de propiedad intelectual".

    La página tenía registrados, en el momento de la investigación policial, 17.314 usuarios, que pagaban a los administradores de la web no directamente en dinero, sino aceptando como condición del registro, que era obligatorio, la cesión de sus datos a terceros.

    De esta forma, el condenado, de 22 años de edad, creó y administró también otras tres páginas web (www.infowil.net, www.infords.ent y www.infops3.net), para descargas de películas y videojuegos, habiendo insertado publicidad remunerada a través de las empresas Impresiones web, Google Adsense, Canalmail y Correodirect. Adrián Gómez Llorente reconoció que creía que entre las cuatro web ofertaba unos 500 enlaces a descargas directas.

    La denuncia partió de las patronales de videojuegos (ADESE) y videográfica (UVE). El condenado, según señala el fallo, mostró su conformidad con el mismo, manifestando ambas partes su intención de no recurrir, por lo que la sentencia es firme.

    Ésta, notificada el pasado mes de enero, condena al acusado por un delito contra la Propiedad Intelectual y le impone la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo (derecho a ser elegido en unas elecciones) por el tiempo de la pena, así como al pago de una multa de 12 meses a razón de seis euros al día. Además, se le condena también a que indemnice, por responsabilidad civil, a ADESE con 1.200 euros y a las distribuidoras con otros 1.600 euros. El reo no irá a la cárcel ya que no tiene antecedentes penales.

    "El fallo es un precedente muy importante para una industria como la de los videojuegos que está en la avanzadilla de la creación de empleo y de riqueza, incluso en medio de la crisis, pero que se encuentra indefensa ante un problema tan grave como el de la piratería", indicó Alberto González Lorca, presidente de ADESE.

    El presidente la Federación Antipiratería (FAP), José Manuel Tourné, indicó que se trata de la primera sentencia condenatoria contra una página de enlaces, y puede servir de ejemplo en los alrededor de 30 procesos judiciales que se están tramitando en estos momentos en contra de otras tantas páginas.

    FUENTE:ELPAIS.com
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  2. #2  
    Co-Admin HackHispano.com Avatar de clarinetista
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    El amigo David Bravo se hace eco de la noticia:

    http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/009350.html
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  3. #3  
    Iniciado Avatar de nikos3194
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    esto es terrible para la pirateria

    para los que no saben lo que es un "Fallo", es cuando un juez da una sentencia a un determinado caso y esta sentencia queda a disposicion de otros casos que se juzgen sobre ese mismo asunto (pirateria), es decir:

    si este juez dio fallo a favor de los derechos de coprigth de las empresas, toda persona que tenga una pagina con links de software pirata en ese mismo estado seran juzgados de la misma forma que este caso, ya que los abogados podran usar este fallo dado aqui como adjunto

    que bueno que el P2P aun no se va, pero ya han exterminado muchas paginas con peliculas y juegos pagos en gratis

    aunk este tipo de este caso era un @#$%& por haberse hecho de dinero con sus descargas ¬¬
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  4. #4  
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    bueno.. segun se lee..
    (http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/009350.html)
    esta mal condenado..
    esperemos que se haga justicia (?)
    "¿Acaso vuestro terror se asemeja al del despotismo? Si, la espada que brilla en las manos de los héroes de la libertad se asemeja a la espada con la que están armados los esbirros de la tiranía."
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  5. #5  
    Iniciado Avatar de nikos3194
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    esperemos que si

    ademas los diarios siempre agrandan las cosas sin confirmarlas antes :/

    pero este tipo acaba de poner en riesgo toda nuestra preciada pirateria

    ¿que seria de nosotros sin poder ver las peliculas estreno, los ultimos discos de exito, los episodios de series que no pudimos ver?

    ¿tendriamos que pagar?... X_x

    nooooo!!!!!
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  6. #6  
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    Por supuesto que si, ahora toca la apelación. Pero mientras tanto, hacen parecer al resto del mundo que se condenan conductas no criminales. Y se lucran por el camino.

    Todo mi ánimo a David Bravo, porque el tío se lo curra de verdad difundiendo leyes mientras estos impresentables tratan de manipularlas a su conveniencia e interés.

    Yo desde luego no estoy de acuerdo con la sentencia, tener un banner en tu página no es lucrarte con descargar a mi parecer personal.

    Salu2

    . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
    [[ NORMAS DEL FORO ]]
    . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
    __________
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  7. #7  
    Iniciado Avatar de nikos3194
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    Cita Iniciado por j8k6f4v9j Ver mensaje
    Por supuesto que si, ahora toca la apelación. Pero mientras tanto, hacen parecer al resto del mundo que se condenan conductas no criminales. Y se lucran por el camino.

    Todo mi ánimo a David Bravo, porque el tío se lo curra de verdad difundiendo leyes mientras estos impresentables tratan de manipularlas a su conveniencia e interés.

    Yo desde luego no estoy de acuerdo con la sentencia, tener un banner en tu página no es lucrarte con descargar a mi parecer personal.

    Salu2
    tienes razon y t apoyo, pero ten en cuenta que son los intereses de las grandes empresas los que persiguen a los tipos que meten paginas de descagas que violan los derechos de autor, imagina sino que la justicia ni c inquietaria si ese tipo estubiese violando los derechos de autor del poema de alguien cualquiera
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  8. #8  
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    No hay apelación posible, aunque estea mal condenado, lo cierto es que el acepto no recurrir publicamente, con lo que la sentencia es firme, lo que significa que es irrecurrible, salvo via tribunal Constitucional o de derechos humanos o el de Estrasburgo... lo que al final viene siendo lo mismo.

    Además (y eso es lo peor), al ser una sentencia en firme, esto crea juridisprudencia, actualmente cualquier otro juez que tenga un caso similar, pues directamente puede usar esa sentencia como precedente para dar la misma sentencia. No solo eso, cualquiera de las mafias de los contenidos puede ampararse en esa sentencia para cerrar otras webs.

    Por supuesto, en cuanto a juridisprudencia, la más importante es la del tribunal supremo, pero hasta que este dicte sentencia firme en un caso similar esa es la que rige (y para ello habría que llegar recurriendo hasta el tribunal supremo, lo que implica que no pasara en al menos 6 o 7 años, como tiempo mínimo, ya que todos los procedimientos abiertos actualmente aun están en fase de instrucción, y de ahí a que puedan ir hasta el supremo pasará al menos ese tiempo).

    Esto si es una muy mala noticia, si una web de descargas tiene publicidad o obliga a sus usuarios a aceptar recibir publicidad de terceros, pues en ese caso el titular de esa web está cometiendo un delito, por lo menos hasta que el tribunal supremo o las Cortes digan lo contrario.

    Un Saludo
    He conocido muchos dioses. Quien niegue su existencia está tan ciego como el que confía en ellos con una fe desmesurada. Robert E. Howard
    La suerte ayuda a la mente preparada.
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  9. #9  
    Iniciado Avatar de nikos3194
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    Cita Iniciado por gondar_f Ver mensaje
    No hay apelación posible, aunque estea mal condenado, lo cierto es que el acepto no recurrir publicamente, con lo que la sentencia es firme, lo que significa que es irrecurrible, salvo via tribunal Constitucional o de derechos humanos o el de Estrasburgo... lo que al final viene siendo lo mismo.

    Además (y eso es lo peor), al ser una sentencia en firme, esto crea juridisprudencia, actualmente cualquier otro juez que tenga un caso similar, pues directamente puede usar esa sentencia como precedente para dar la misma sentencia. No solo eso, cualquiera de las mafias de los contenidos puede ampararse en esa sentencia para cerrar otras webs.

    Por supuesto, en cuanto a juridisprudencia, la más importante es la del tribunal supremo, pero hasta que este dicte sentencia firme en un caso similar esa es la que rige (y para ello habría que llegar recurriendo hasta el tribunal supremo, lo que implica que no pasara en al menos 6 o 7 años, como tiempo mínimo, ya que todos los procedimientos abiertos actualmente aun están en fase de instrucción, y de ahí a que puedan ir hasta el supremo pasará al menos ese tiempo).

    Esto si es una muy mala noticia, si una web de descargas tiene publicidad o obliga a sus usuarios a aceptar recibir publicidad de terceros, pues en ese caso el titular de esa web está cometiendo un delito, por lo menos hasta que el tribunal supremo o las Cortes digan lo contrario.

    Un Saludo

    lo que dejas dicho es lo justo

    la verdad yo te apoyo en lo que dices al 100%

    si que las sabes todas
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  10. #10  
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    Cita Iniciado por gondar_f Ver mensaje
    No hay apelación posible, aunque estea mal condenado, lo cierto es que el acepto no recurrir publicamente, con lo que la sentencia es firme, lo que significa que es irrecurrible, salvo via tribunal Constitucional o de derechos humanos o el de Estrasburgo... lo que al final viene siendo lo mismo.

    Además (y eso es lo peor), al ser una sentencia en firme, esto crea juridisprudencia, actualmente cualquier otro juez que tenga un caso similar, pues directamente puede usar esa sentencia como precedente para dar la misma sentencia. No solo eso, cualquiera de las mafias de los contenidos puede ampararse en esa sentencia para cerrar otras webs.

    Por supuesto, en cuanto a juridisprudencia, la más importante es la del tribunal supremo, pero hasta que este dicte sentencia firme en un caso similar esa es la que rige (y para ello habría que llegar recurriendo hasta el tribunal supremo, lo que implica que no pasara en al menos 6 o 7 años, como tiempo mínimo, ya que todos los procedimientos abiertos actualmente aun están en fase de instrucción, y de ahí a que puedan ir hasta el supremo pasará al menos ese tiempo).
    Veo dificil que otra web termine de forma similar.

    Esto si es una muy mala noticia, si una web de descargas tiene publicidad o obliga a sus usuarios a aceptar recibir publicidad de terceros, pues en ese caso el titular de esa web está cometiendo un delito, por lo menos hasta que el tribunal supremo o las Cortes digan lo contrario.

    Un Saludo
    "Lo cierto es que la línea que separa lo que es delictivo de lo que no lo es, ya se trazó hace algunos años por todos los jueces sin excepción que entendieron en asuntos idénticos que las conductas denunciadas no eran constitutivas de delito, archivando sin más las actuaciones. Así ocurrió con los sobreseimientos de Sharemula, ya firme, y con todos los que le siguieron: Indicedonkey, Elitedivx o Emule24horas, todas ellas páginas con ganancias derivadas de la publicidad de sus webs y de idéntico funcionamiento en lo sustancial a la hoy condenada. Esta sentencia, por lo tanto, no traza la línea que delimita lo que es delito, sino que, más bien, se separa bruscamente de la línea ya marcada y subrayada de forma insistente por jueces y fiscales."

    " La industria, que perdía por 8 a 0, ha celebrado en todas las televisiones un gol en propia puerta del equipo contrario como si hubiera sido fruto de sus excelencias futbolísticas."

    8 casos no crean jurisprudencia?

    en caso de que asi fuera, la mayoria (algun gilipollas habrá) de los jueces por el 8-1 (ademas de que linkear no es ilegal) seguramente declare inocente a cualquiera, a mi me parece mas bien que el condenado estaba asustado, y con un mal abogado, si no hubiera hecho el arreglo, probablemente hubiera ganado el juicio.
    "¿Acaso vuestro terror se asemeja al del despotismo? Si, la espada que brilla en las manos de los héroes de la libertad se asemeja a la espada con la que están armados los esbirros de la tiranía."
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  11. #11 responses: 
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    Cita Iniciado por 4v7n42 Ver mensaje
    "Lo cierto es que la línea que separa lo que es delictivo de lo que no lo es, ya se trazó hace algunos años por todos los jueces sin excepción que entendieron en asuntos idénticos que las conductas denunciadas no eran constitutivas de delito, archivando sin más las actuaciones. Así ocurrió con los sobreseimientos de Sharemula, ya firme, y con todos los que le siguieron: Indicedonkey, Elitedivx o Emule24horas, todas ellas páginas con ganancias derivadas de la publicidad de sus webs y de idéntico funcionamiento en lo sustancial a la hoy condenada. Esta sentencia, por lo tanto, no traza la línea que delimita lo que es delito, sino que, más bien, se separa bruscamente de la línea ya marcada y subrayada de forma insistente por jueces y fiscales."

    " La industria, que perdía por 8 a 0, ha celebrado en todas las televisiones un gol en propia puerta del equipo contrario como si hubiera sido fruto de sus excelencias futbolísticas."

    8 casos no crean jurisprudencia?

    en caso de que asi fuera, la mayoria (algun gilipollas habrá) de los jueces por el 8-1 (ademas de que linkear no es ilegal) seguramente declare inocente a cualquiera, a mi me parece mas bien que el condenado estaba asustado, y con un mal abogado, si no hubiera hecho el arreglo, probablemente hubiera ganado el juicio.
    si, teniendo en cuenta lo que dices, la peor falla esta en que el condenado dejo que el abogado (el cual era uno muy malo o que tal vez lo entrego), dejara que hiciera el arreglo, esto prueba que uno (el acusado) si tiene que saber algo de leyes y abogasia para no dejarse engañar luego de todo

    PD: nunca confies plenamente en un abogado (como el de este caso), recuerden que si uno gana o pierde un juicio, el abogado siempre recibe su dinero haga lo que haga

    no es que este en contra de los abogados, solo que si uno no lo es no hay que confiar tanto en las acciones que ellos hagan por nosotros :O
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  12. #12  
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    Iniciado por gondar_f
    No hay apelación posible, aunque estea mal condenado, lo cierto es que el acepto no recurrir publicamente, con lo que la sentencia es firme, lo que significa que es irrecurrible, salvo via tribunal Constitucional o de derechos humanos o el de Estrasburgo... lo que al final viene siendo lo mismo.

    Además (y eso es lo peor), al ser una sentencia en firme, esto crea juridisprudencia, actualmente cualquier otro juez que tenga un caso similar, pues directamente puede usar esa sentencia como precedente para dar la misma sentencia. No solo eso, cualquiera de las mafias de los contenidos puede ampararse en esa sentencia para cerrar otras webs.

    Por supuesto, en cuanto a juridisprudencia, la más importante es la del tribunal supremo, pero hasta que este dicte sentencia firme en un caso similar esa es la que rige (y para ello habría que llegar recurriendo hasta el tribunal supremo, lo que implica que no pasara en al menos 6 o 7 años, como tiempo mínimo, ya que todos los procedimientos abiertos actualmente aun están en fase de instrucción, y de ahí a que puedan ir hasta el supremo pasará al menos ese tiempo).
    Veo dificil que otra web termine de forma similar.

    Esto si es una muy mala noticia, si una web de descargas tiene publicidad o obliga a sus usuarios a aceptar recibir publicidad de terceros, pues en ese caso el titular de esa web está cometiendo un delito, por lo menos hasta que el tribunal supremo o las Cortes digan lo contrario.

    Un Saludo

    "Lo cierto es que la línea que separa lo que es delictivo de lo que no lo es, ya se trazó hace algunos años por todos los jueces sin excepción que entendieron en asuntos idénticos que las conductas denunciadas no eran constitutivas de delito, archivando sin más las actuaciones. Así ocurrió con los sobreseimientos de Sharemula, ya firme, y con todos los que le siguieron: Indicedonkey, Elitedivx o Emule24horas, todas ellas páginas con ganancias derivadas de la publicidad de sus webs y de idéntico funcionamiento en lo sustancial a la hoy condenada. Esta sentencia, por lo tanto, no traza la línea que delimita lo que es delito, sino que, más bien, se separa bruscamente de la línea ya marcada y subrayada de forma insistente por jueces y fiscales."

    " La industria, que perdía por 8 a 0, ha celebrado en todas las televisiones un gol en propia puerta del equipo contrario como si hubiera sido fruto de sus excelencias futbolísticas."

    8 casos no crean jurisprudencia?

    en caso de que asi fuera, la mayoria (algun gilipollas habrá) de los jueces por el 8-1 (ademas de que linkear no es ilegal) seguramente declare inocente a cualquiera, a mi me parece mas bien que el condenado estaba asustado, y con un mal abogado, si no hubiera hecho el arreglo, probablemente hubiera ganado el juicio.
    Siento ser el pesimista, pero hay una gran diferencia entre los casos mencionados y este, aunque el caso en si sea muy similar.

    En esos casos nombrados el juicio fue por poner a disposición del público contenido protegido por derechos de autor, y las sentencias (creo que solo una es firme) lo único que decian es que poner a disposición de otros usuarios contenido protegido, si no hay fines de lucro, no es delito.

    Pero en el caso concreto este, el acusado no fue sentenciado por poner a disposición de sus usuarios contenido protegido (que tras tantas sentencias es poco provable que vuelva a llevarse a cabo), si no porque obtenia beneficio económico con ello y por eso fue condenado. Actualmente no es delito compartir contenidos, pero si pasa a ser delito si esa web obtiene de alguna forma ingresos por su actividad, aunque sea ingresos menores a los costos de mantenerla online.

    Un Saludo
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  13. #13  
    Iniciado Avatar de nikos3194
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    Cita Iniciado por gondar_f Ver mensaje
    Siento ser el pesimista, pero hay una gran diferencia entre los casos mencionados y este, aunque el caso en si sea muy similar.

    En esos casos nombrados el juicio fue por poner a disposición del público contenido protegido por derechos de autor, y las sentencias (creo que solo una es firme) lo único que decian es que poner a disposición de otros usuarios contenido protegido, si no hay fines de lucro, no es delito.

    Pero en el caso concreto este, el acusado no fue sentenciado por poner a disposición de sus usuarios contenido protegido (que tras tantas sentencias es poco provable que vuelva a llevarse a cabo), si no porque obtenia beneficio económico con ello y por eso fue condenado. Actualmente no es delito compartir contenidos, pero si pasa a ser delito si esa web obtiene de alguna forma ingresos por su actividad, aunque sea ingresos menores a los costos de mantenerla online.

    Un Saludo

    ¿pero eso quiere decir que uno no puede tener ningun banner o publicidad aunk esta sea puesta x el hosting?
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  14. #14  
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    ¿pero eso quiere decir que uno no puede tener ningun banner o publicidad aunk esta sea puesta x el hosting?
    Muy interesante tu pregunta. En principio el propietario de la web si recibe el dinero aportado por la publicidad, pues sería un caso distinto, pero pasa una cosa, si el dueño del hosting pone publicidad suele ser porque a cambio el dueño de la web no paga por el hosting... y eso si puede considerarse un ingreso pecuniario transformable directamente en un valor monetario... con lo que no se podría.

    Que viene significando lo anterior, pues si tu hosting te pone publicidad a cambio de no pagar, pues lo que pasa es que se mira lo que cuesta un hosting similar de pago, y entonces esa cantidad es lo que se puede considerar como un ingreso (concretamente un ingreso en especies porque no hay un intercambio monetario directo, pero si se entrega un bien o servicio que tiene un precio en el mercado).

    Salu2
    He conocido muchos dioses. Quien niegue su existencia está tan ciego como el que confía en ellos con una fe desmesurada. Robert E. Howard
    La suerte ayuda a la mente preparada.
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  15. #15  
    Iniciado Avatar de nikos3194
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    Cita Iniciado por gondar_f Ver mensaje
    Muy interesante tu pregunta. En principio el propietario de la web si recibe el dinero aportado por la publicidad, pues sería un caso distinto, pero pasa una cosa, si el dueño del hosting pone publicidad suele ser porque a cambio el dueño de la web no paga por el hosting... y eso si puede considerarse un ingreso pecuniario transformable directamente en un valor monetario... con lo que no se podría.

    Que viene significando lo anterior, pues si tu hosting te pone publicidad a cambio de no pagar, pues lo que pasa es que se mira lo que cuesta un hosting similar de pago, y entonces esa cantidad es lo que se puede considerar como un ingreso (concretamente un ingreso en especies porque no hay un intercambio monetario directo, pero si se entrega un bien o servicio que tiene un precio en el mercado).

    Salu2
    gracias, que alivio

    pues al fin y al cabo lo que dices es razonable, pero como siempre en los asuntos de internet las cosas son dificiles de probar y salbo es asi que creia que podian decir que al haber un banner cualquiera ya lucrabas, imaginate que en el tema hacking las revistas hackxcrack enseñaban a hacer un troyano indetectable y totalmente inmune a los antivirus, si usan ese troyano como x ejemplo para colocar evidencias falsas en una PC o decir que t la han puesto, imagina, eso me hace pensar que el campo de la web es el + dificil de probar en derecho, pero ese es otro tema jeje

    gracias x la respuesta, salu2 a ti y a to2
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