La reforma del Código Penal considera delito la entrada en un sistema informático aunque no produzca daños.

El proyecto de reforma del Código Penal (CP) levanta ampollas en la comunidad hacker, por la criminalización sin condiciones del acceso no autorizado a sistemas informáticos. El texto, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, destaca porque usa por primera vez la palabra hacker, pasando por delante del Diccionario de la Real Academia, aunque no la define.

El Boletín Oficial de las Cortes Generales publica el Proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica el Código Penal, introduciendo nuevos tipos penales.

Entre ellos destaca el acceso no autorizado a sistemas informáticos que se incluye en el artículo 197. El texto del nuevo apartado propuesto es el siguiente:

"El que por cualquier medio o procedimiento y vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, accediera sin autorización a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo, será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años". Los requisitos que deben concurrir para que sea aplicable el nuevo tipo penal son los siguientes:

1. Que se produzca un acceso a datos o a programas
2. Que éstos se encuentren en un sistema informático o parte del mismo
3. Que el acceso se realice sin autorización
4. Que se vulneren las medidas de seguridad establecidas para impedir el acceso