MADRID.- Terminó la discusión entre los partidarios y los detractores del polémico canon digital: la remuneración quedará consagrada y afectará a cualquier 'soporte idóneo' para grabar y reproducir archivos (CD y DVD, pero también MP3, móviles, etc). Tras meses de batallas entre la denominada industria cultural, por un lado, y la tecnológica y los consumidores, por otro, la nueva Ley de Propiedad Intelectual entrará en vigor tras una reforma que no ha gustado a nadie.

El Congreso de los Diputados ha debatido las enmiendas aprobadas en el Senado, aunque aún no han sido votadas, como paso previo a la aprobación definitivamente de la reforma del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, una controvertida norma que se ha querido adaptar a las directivas europeas la legislación española sobre derechos de autor. Se trata de un paso previo a la redacción de una nueva reforma, que presumiblemente comenzará a ser elaborada a finales de año.

Mientras, la nueva LPI ha tenido una tramitación parlamentaria muy complicada, pero que curiosamente logró poner de acuerdo a PSOE y PP. Su paso por el Senado dejó un texto con varias modificaciones, algunas de ellas polémicas.

La norma traslada el modelo tradicional del canon analógico, que desde 1992 se ha aplicado a casetes y cintas de vídeo, al mundo digital. Este canon es una cantidad fija que las entidades de gestión de derechos de autor cobran como compensación por las copias privadas que el consumidor puede realizar de materiales sujetos a propiedad intelectual. Esa cantidad se tiene que repartir, a su vez, entre los autores.

El artículo 25 (uno de los más largos del repertorio legal español) consagra el canon para los soportes digitales 'idóneos', algo que puede abarcar no sólo los CD y DVD vírgenes, sino reproductores MP3, teléfonos móviles multimedia, escáneres, impresoras o lápices de memoria. Aunque la cuantía del canon deberá ser pactada entre la industria y las entidades de gestión, ha de tener el visto bueno del Gobierno.

Lo anterior supondrá un encarecimiento del precio de dichos productos ya que, pese a que las entidades de gestión insistan en que los deudores son los distribuidores, el hecho es que se traslada al precio final. La industria tecnológica y los consumidores, agrupados en la plataforma 'Todoscontraelcanon.es', se han quejado de este aspecto, y subrayan que se trata de "una tasa indiscriminada".

Además, la nueva ley restringe el concepto de copia privada al ámbito doméstico (no se puede grabar un disco a un amigo, por ejemplo), y regula la instalación de medidas tecnológicas anticopia en los soportes (prohíbe expresamente su elusión), lo que puede impedir realizar la propia copia privada.

Por su parte, la llamada industria cultural, así como las entidades de gestión, no están del todo contentas con la reforma. Algunos han manifestado que la extendión del canon al mundo digital es 'insuficiente', mientras que la opinión de las entidades de gestión es muy crítica con ciertos aspectos de la LPI.

El texto que proviene del Senado mantiene la figura de la Comisión de Propiedad Intelectual (Disposición adicional segunda), un órgano arbitral pensado para resolver conflictos entre las entidades de gestión de derechos de autor y, por ejemplo, asociaciones de usuarios.

Esta disposición abre la puerta a que dicha comisión, que depende del Gobierno, decida las tarifas sobre los derechos exclusivos, lo que las entidades de gestión de derechos y las asociaciones de autores rechazan.

Además, el texto especifica que el canon deberá ser proporcional al coste final del aparato o equipo sobre el que recaiga, lo que puede producir que, en ocasiones, la cuantía del canon es mayor que el propio precio del soporte.

Según un informe encargado por la Fundación Autor (SGAE) y presentado esta misma semana, que el precio sea proporcional es algo "contrario a la lógica" de la remuneración por copia privada. El canon, afirma el informe, es una tasa fija independiente del posible abaratamiento del soporte ya que dicha reducción de precio "no conlleva que los contenidos merezcan una remuneración menor".

La LPI data de 1987 y ha sido reformada tres veces. Esta última intenta trasponer la directiva europea que recoge los tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) de 1996. En estos conflictos España no está sola. Otros países, como Francia, tampoco se han librado de la polémica al adaptar su ley sobre derechos de autor a las directivas europeas.