Alemania gravará con un impuesto especial el uso de aparatos electrónicos para indemnizar por las pérdidas ocasionadas por la piratería
El ejemplo podría cundir pronto en otros países, según han apuntado algunos analistas.

Alemania había sido un país pionero en gravar con impuestos los medios de almacenamiento y reproducción digitales como las grabadoras de CD o los escáneres, ya que desde hace tiempo los ciudadanos de aquel país pagan un canon en el momento de su compra que va a parar a las arcas de las organizaciones de defensa de los derechos de autor y la propiedad intelectual, situación idéntica a la que se da en España con el canon sobre los CD's y DVD's vírgenes que tanta polémica ha levantado.

La nueva ley no cambia sustancialmente la existente hasta ahora, pero sí aumenta el número de dispositivos susceptibles de ser gravados con dicha tasa: impresoras, reproductores MP3 y ordenadores pagarán a partir de ahora por su mera existencia.

El concepto es simple: si puede ser utilizado para copiar ilegalmente un contenido, debe pagar por ello. La ministra de justicia alemana declaró al rotativo Sueddeutsche Zeitung que el importe de esta tasa será diferente para cada aparato, y se calculará en base a la frecuencia con la que este pueda ser usado para la realización de copias ilegales, aunque no explicó como podría determinarse dicha frecuencia.

¿Pagan justos por pecadores?

Las reacciones, especialmente las contrarias al proyecto, no han tardado en surgir. Entre los comentarios al respecto, destaca el de la vulneración de la presunción de inocencia que hacen algunos internautas; si se grava con un impuesto por la posibilidad de realizar copias, es que se supone que estas se están realizando, por lo que la máxima "se es inocente mientras no se demuestra la culpabilidad" queda en papel mojado, asumiendo la culpabilidad en cualquier caso.

Por su parte, las organizaciones de defensa de los derechos de propiedad intelectual aducen que se trata solamente de una tasa en concepto de derechos de copia de los usuarios de productos digitales cubiertos por derechos de autor o, dicho de otra forma, que el usuario paga por poder hacer la copia de seguridad de un disco que ha adquirido (por citar un ejemplo).

¿Podría cundir el ejemplo?

El ejemplo alemán podría extenderse a más países de la Unión Europea, teniendo en cuenta que la mayoría ya tienen leyes al respecto (me permito volver a citar el canon sobre los CD's imperante en España), aunque no tan completas ni que cubran tantos tipos diferentes de aparatos como la germana. Además, los movimientos contrarios a este tipo de regulaciones no han conseguido hasta ahora una victoria clave en ninguno de los países de la Unión, que solamente podría venir de la mano de la derogación de alguna de estas leyes. No obstante, dichos movimientos continúan siendo muy activos.

Fuente: DiarioRed